Entrega 3 Contestación De La Demanda, Las Excepciones Y El Poder Otorgado Al Abogado Por Parte De La Parte Demandada

Contestación de la Demanda



Málaga Santander 24 De noviembre de 2020

SEÑOR
JUEZ DE FAMILIA MÁLAGA SANTANDER

 REFERENCIA: CONTESTACIÓN DEMANDA PROCESO EJECUTIVO DE ALIMENTOS

PARTE DEMANDANANTE:
DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ 
C.c 2.341.232  

PARTE DEMANDADA:
OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ
C.c 1.098.765.000
   

ERIKA MARIA LOPEZ CARDONA ciudadana mayor de edad vecina de la ciudad de Bogotá D.C con cedula de ciudadanía Nº 1.098.987.000 abogada especialista en familia con T.P 165-5601 aprobada por el consejo superior de la judicatura, obrando como representante o defensa del señor, OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ persona mayor de edad y vecino del municipio de Málaga Santander identificado con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000 de conformidad con el poder que adjunto me dirijo a usted señor juez de la manera mas respetuosa respondiendo esta demanda y a la vez en defensa del señor OSCAR DAVID PEDRAZA PEREZ, amparado por el artículo 14 del código general de proceso. Respondiendo esta DEMANDA a la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ identificada con cedula de ciudadanía Nº 2.341.232, domiciliada en la carrera 10 # 4-203 barrio Pailitas de Málaga – Santander, Email: micasamicasal012@gmail.com Celular: 3213552709.

FRENTE A LOS HECHOS

PRIMERO: mi representado poderante: OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000 vivía en unión libre con la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ identificada con cedula de ciudadanía Nº 2.341.232 hasta el 20 de febrero de 2017 fecha donde en mutuo acuerdo decidieron separarse. Durante el tiempo que vivieron mi representado siempre fue una persona responsable con sus deberes maritales en todos los aspectos, siendo responsable en los gastos del infante FERNEY ESTEBAN PEDRAZA MÁRQUEZ menor de edad identificado con Registro Civil Nº 1.234.567.890 vecino del municipio de Málaga Santander.

SEGUNDO: cuando se separaron mi apoderante y su pareja acordaron una cuota donde los dos estuvieron de acuerdo sería de quinientos mil pesos M.C.T.E ($500.000) así mismo las cuotas moderadoras que se pagarían el 15 de junio y el 15 de diciembre de cada año. Cada una de un millón de pesos M.C.T.E ($1.000.000)

TERCERO: El precio que el señor ÓSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ debería consignar a la cuenta Nº 434-343 del Banco Tesorito a nombre de la señora DANIELA MÁRQUEZ GUTIÉRREZ, seria de una mensualidad de $500.000 M.C.T.E a la vez dos cuotas extraordinarias de 1.000.000: una el 15 de junio y la otra el 15 de diciembre hasta que el infante fuese profesional para gastos de ocio y vestido a su vez teniendo en cuenta que la cuota tendrá aumento cada fin de año por condiciones de inflación y alzas en salario mínimo legal. Todo esto se acordó en la comisaria de familia donde se generó el acta de conciliación 001.

CUARTO: el 20 de diciembre del año 2019 mi apoderado representado le pago un viaje a san Andrés islas a el infante y su madre la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ esto en común acuerdo con ella, donde se tomaba este dinero por concepto de cuota extraordinaria del mes de diciembre del año 2020. A su vez la cuota del mes de diciembre para gastos extras de ese viaje, en total se le consignaron a su cuenta dos millones de pesos M,C,T,E ($2.000.000) por los conceptos mencionados.

QUINTO: Durante el mes de enero y febrero del año 2020 se hicieron unos ajustes en la empresa de la cual mi apoderado es accionista y se tuvieron que pagar dos cuotas extraordinarias por lo cual mi cliente no recibió su pago como accionista al contrario tuvo que pagar la suma de veinte millones de pesos M.C.T.E ($20.000.000) a la empresa por concepto de dichas cuotas.

SEXTO: Para pagar las cuotas en la empresa TRANS MALAGA que se hicieron en los meses de enero y febrero mi representado tuvo que sacar un préstamo en el Banco Cajita Verde por concepto de veintiocho millones de pesos ($28.000.000) el día 30 de enero del año 2020, para pagar dicha cuota y para su manutención.

SEPTIMO: Mi apoderado representado desde el mes de enero hasta el mes de noviembre del año 2020 le ha venido enviando mercados por concepto de trecientos mil pesos M.C.T.E ($300.000) al hogar de la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ domiciliada en la carrera 10 # 4-203 barrio Pailitas de Málaga - Santander

OCTAVO: El 15 de julio del año 2020 mi apoderado le compro cama, computador y dos mudas de ropa con zapatos a su hijo FERNEY ESTEBAN PEDRAZA MÁRQUEZ.

NOVENO: Desde el 12 de marzo del año 2020 por la emergencia sanitaria (COVID-19) mi apoderado no ha vendido recibiendo la misma cuota extraordinaria teniendo una reducción en las cuotas del 60% en lo que va de corrido del año, a eso sumándole que el mes de enero, febrero, marzo y abril del año 2020 no recibió su cuota como accionista.

FRENTE A LAS PRETENCIONES

Que mi apoderado el señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula Nº 1.098.765.000 siempre ha tendido la voluntad, disposición y sostenido comunicación con la señora DANIELA MÁRQUEZ GUTIÉRREZ y con el menor, teniendo en cuenta lo primordial de derecho de los niños como está estipulado en el Decreto 136 de 2004, Ley 765 de 2002 y Ley 679 de 2001 Asegura que los niños requieren una protección especial, mediante la mejora de su situación, su desarrollo, la garantía de condiciones de paz y seguridad, basadas en pleno respeto de derechos. Por tal razón solicito señor juez la revisión de la cuota fijada por cuestiones de insolvencia económica de mi representado. Teniendo en cuenta la sentencia de la corte suprema de justicia: STC88-37 DEL 2018 y el ARTICULO 397 del código general de proceso.

TENER EN CUENTA

1.    La compra de mercados: por parte de mi representado durante el mes de enero hasta el mes de noviembre del año 2020 por trecientos mil pesos ($300.000) cada mes.

2.    El pago de la cuota extraordinaria del mes de diciembre del año 2019 la cual se pacto con la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ.

3.    Reconocer la compra de 1 computador, cama, ropa y calzado lo cual sumo dos millones de pesos M.C.T.E ($2.000.000) como cuota extraordinaria del mes de junio del año 2019.

4.    La situación económica de mi apoderado quien está pagando cuotas de seiscientos mil pesos M.C.T.E ($600.000) mensuales en el Banco Casita Verde y no ha podido cumplir, donde aquellas están a punto de pasar a cobro jurídico.

5.    En el momento de fijar nueva cuota los derechos fundamentales de mi representado y teniendo en cuenta la voluntad que el tiene de hacer cumplir el código de infancia y adolescencia.

EXCEPCIONES

Mi representado OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula Nº 1.098.765.000 nunca ha estado desentendido de sus obligaciones acordadas en la comisaria de familia en el municipio de Málaga Santander el 15 de enero del 2018 según ACTA DE CONCILIACION No.0001 RADICADO 01-2018.

PRUEBAS DOCUMENTALES:

1.    Carta de la empresa TRANS MÁLAGA donde se redujo la cuota accionistas a solo recibir el 40% desde el mes de mayo del 2020 por el término de un año, empezando el mes de mayo del 2020.

2.    Documento autenticado y certificado donde se acordó en asamblea: a los accionistas de dicha empresa a pagar dos cuotas extraordinarias de 10 millones de pesos M.C.T.E $10.000.000) del mes de enero y febrero del año 2020 sumando estos, veinte millones de pesos M.C.T.E ($20.000.000)

3.    Comprobante de crédito del Banco Cajita Verde por veintiocho millones de pesos M.C.T.E ($28.000.000)

4.    Carta de supermercado surtí mercar dan fe de la bitácora donde el domiciliario ha ido a llevar los mercados de trecientos mil pesos M.C.T.E. ($300.000) desde el mes de enero hasta el mes de noviembre 2020 respectivamente.

5.    Facturas membretadas de soportes de pago de: mercados, computador, vestidos infantil, calzado y cama infantil.

ELECTRONICAS

1.    Ponemos a consideración el teléfono (celusi 34-49) de mi apoderado el cual será objeto de investigación para que el juez ordene a la entidad competente ver las conversaciones donde se hicieron los acuerdos de pago mutuamente y a su vez las llamadas que mi representado le hizo a la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ a lo largo de este año las cuales nunca fueron respondidas, también las agresiones verbales de las cuales mi cliente ha sido víctima.

 COMPETENCIA Y CUANTIA.

Respetuosamente ruego a usted señor juez de familia teniendo en cuenta que es quien lleva este proceso ejecutivo hacer valer su competencia y darle tramite adecuado.

ANEXOS.

1. Poder.

2Copia de la demanda con sus anexos para el traslado a la parte demandada.

3. Copia de la demanda con sus anexos para el archivo del juzgado.

NOTIFICACIONES

A mi persona, abogada y su representante legal ERIKA MARIA LOPEZ CARDONA
Cedula Nº 1.098.987.000
Email: erikajudicial3232@hotmail.com
Cel. 3234430231
Tel Fijo. 4567647

A mi representado ÓSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ
Cedula Nº 1.098.765.000
 Dirección; calle 11 # 6 A -66 PISO 1 BARRIO San Sebastián de Málaga -Santander

La parte demandante; DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ
Dirección; carrera 10 # 4 -203 barrio Pailitas de Málaga-Santander
Email: micasamicasal012@gmail.com 
Tel. 3213552709

Atentamente,

 
Erikaa Mari.. Lopez C.
______________________________
ERIKA MARIA LOPEZ CARDONA 
C.C. No. 1.098.765.000. BOGOTA (Cundinamarca) 
T.P. 165-5601 del consejo superior de la judicatura   

ANEXOS:

Poder otorgado al abogado

Málaga, Santander, 24 de noviembre del 2020

Señor:
JUEZ DE FAMILIA DE MALAGA (SANTANDER)

                             
E.   S.    D

ASUNTO: OTORGAMIENTO DE PODER

Yo Oscar David Pedraza Pérez, mayor de edad, vecino y residente en el municipio de Málaga (Santander), identificado con la cédula de ciudadanía Nº 1.098.765.000, expedida en Málaga (Santander), obrando en mi propio nombre, por medio del presente escrito otorgo poder especial, amplio y suficiente a la Doctora Erika Maria López Cardona, abogada en ejercicio, identificada con la cédula de ciudadanía Nº 1.098.765.000, expedida en Bogotá D.C, portadora de la tarjeta Profesional Nº 165-5601, expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación conteste la demanda de fijación de cuota alimentaria dentro de la cual actuó como la parte demandada. La Doctora Erika Maria López Cardona, queda facultada para representarme en todas las instancias del proceso, con las expresas facultades establecidas en el artículo 77 del Código General del Proceso, en especial las de recibir, sustituir, reasumir poder, designar suplente, transigir, tachar y redargüir documentos y testigos, conciliar, desistir y formular todas las pretensiones que estime convenientes para la defensa del suscrito poderdante.                                              


Sírvase, señor Juez, reconocer la personería de mi apoderado, en los términos y para los efectos del presente mandato. 



Atentamente,
 

Osc.. David P..
___________________________
Oscar David Pedraza Pérez
C.C 1.098.765.000, de Málaga (Santander)
 


Acepto,


Erikaa Mari.. Lopez C.
__________________________
Erika Maria López Cardona
C.C 1.098.765.000 de Bogotá D.C
T.P. Nº 165-5601 del C. S. de la J.

Certificados de TRANSMALAGA S.A

 MALAGA SANTANDER 24 DE NOVIEMBRE DEL 2020

Señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000 socio de nuestra familia TRANS MÁLAGA con carnet de asociado Nº 111111 nos permitimos informarle que debido a la emergencia sanitaria COVID-19 y debido a lo que esto ha implicado en la reducción de ingresos a nuestra familia TRANS MALAGA  la junta directiva junto con nuestros contadores y revisores fiscales han tomado la decisión de reducir el pago a socios de nuestra empresa teniendo una reducción del 60% a partir de hoy 1 de mayo hasta el 1 de mayo del año 2021.
Es decir que solo recibirán el 40% de su pago, en el caso del señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ que recibe la suma de cinco millones de pesos M.C.T.E  ($5.000.000) solo recibirá la suma de: dos millones de pesos M.C.T.E ($2.000.000) cada mes.
De antemano agradecemos su comprensión y amabilidad de esta saldremos juntos.

Atentamente,
JUNTA DIRECTIVA EN CANBEZA DE NUESTRO


Carlss Jlo M

_______________________________________
CARLOS JULIO CHAPARRO MURILLO
C.C:4.444.444
GERENTE

TRANS MALAGA S.A

 MALAGA SANTANDER 24 DE NOVIEMBRE DEL 2020

REF: Acta de asamblea ordinaria asociados TRANS MALAGA S.A

Señor: OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ C.C 1.098.765.000

Por medios de la siguiente circular respetado socio, damos  por escrito a nuestros asociados para sentar constancia de lo que se aprobó en nuestra asamblea 002 del 20 de diciembre del año 2019 donde se acordó el aporte de veinte millones de pesos por accionista para mejoras e inversión en planta física de nuestra empresa, esto con el fin de seguir mejorando nuestros servicios y estar a la altura de nuestra competencia y proyectos futuros en esta mencionados. El pago se deberá realizar diez millones de pesos M.C.T.E ($10.000.000) el 15 de enero del 2020 y diez millones de pesos M.C.T.E ($10.000.000) el 15 de febrero del año 2020; durante estos meses tampoco recibirán su pago como accionistas durante estos dos meses.
De antemano muchas gracias y les deseamos un feliz año a nuestros asociados y familia.

Cordialmente,

 
Carlss Jlo M
____________________________________
CARLOS JULIO CHAPARRO MURILLO
C.C:4.444.444
GERENTE

Certificado Bancarios de Crédito

BANCO CAJITA VERDE

30 DE ENERO DEL AÑO 2020

Señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000, el banco Cajita Verde se permite informarle que su crédito solicitado a nuestra entidad por valor de veintiocho millones de pesos  M.C.T.E ($28.000.000) fue aprobado y ya se le realizo la consignación de su dinero a la cuenta bancaria Nº 100-000 a su nombre. 

Cualquier inquietud no dude en acercarse a la sucursal mas cercana.

Atentamente,

OFICINA DE CRÉDITOS BANCO CAJITA VERDE SEDE LA LOMITA

 
Carla L
_____________________
Carla Gallardo Lewis
C.C 9.000.000
Secretaria

Recibo de Consignación

Certificado Supermercado

SUPERMERCADO SURTIMERKAR

24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020

El supermercado SURTIMERKAR da constancia legal de esta carta con soportes legales de nuestra contabilidad mensual y bitácora en nuestro libro contable que el señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000, el cual ha venido comprando mercados en nuestra empresa desde el 15 de enero hasta el 15 de noviembre del año de 2020, comprando estos mercados los días 15 de cada mes y por sumas de trecientos mil pesos M.C.T.E.

Lo cual concuerda con facturas de la siguiente forma:

ENERO 15: factura :01-15-657

FEBERO 15: factura :02-15-87

MARZO 15: factura :03-15-98

ABRIL 15: factura :04-15-1098

MAYO 15: factura :05-15-980

JUNIO 15: factura:06-15-987

JULIO 15: factura:07-15-99

AGOSTO 15: factura:08-15-1098

SEPTIEMBRE 15: factura :09-15-1700

OCTUBRE 15: factura:10-15-987

NOVIEMBRE 15: factura:11-15-9000

La presente de da a solicitud del interesado .

Atentamente, 


Seferinoo BC
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SEFERINO BARAJAS CORTES
C.C 12.000.000
GERENTE GENERAL

Factura de compra de electrodomésticos y ropa