Contestación de la Demanda
Málaga Santander 24 De noviembre de 2020
SEÑOR
JUEZ DE FAMILIA MÁLAGA SANTANDER
REFERENCIA: CONTESTACIÓN DEMANDA PROCESO EJECUTIVO DE ALIMENTOS
PARTE DEMANDANANTE:
DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ
C.c 2.341.232
PARTE DEMANDADA:
OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ
C.c 1.098.765.000
ERIKA MARIA LOPEZ CARDONA ciudadana mayor de edad
vecina de la ciudad de Bogotá D.C con cedula de ciudadanía Nº 1.098.987.000 abogada especialista en
familia con T.P 165-5601 aprobada
por el consejo superior de la judicatura, obrando como representante o defensa
del señor, OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ
persona mayor de edad y vecino del municipio de Málaga Santander identificado
con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000
de conformidad con el poder que adjunto me dirijo a usted señor juez de la
manera mas respetuosa respondiendo esta demanda y a la vez en defensa del señor
OSCAR DAVID PEDRAZA PEREZ, amparado
por el artículo 14 del código general de proceso. Respondiendo esta DEMANDA a
la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ
identificada con cedula de ciudadanía Nº 2.341.232,
domiciliada en la carrera 10 # 4-203 barrio Pailitas de Málaga – Santander, Email:
micasamicasal012@gmail.com Celular: 3213552709.
FRENTE
A LOS HECHOS
PRIMERO: mi
representado poderante: OSCAR DAVID
PEDRAZA PÉREZ con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000 vivía en unión libre con la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ identificada
con cedula de ciudadanía Nº 2.341.232 hasta el 20 de febrero de 2017 fecha
donde en mutuo acuerdo decidieron separarse. Durante el tiempo que vivieron mi representado
siempre fue una persona responsable con sus deberes maritales en todos los
aspectos, siendo responsable en los gastos del infante FERNEY ESTEBAN PEDRAZA MÁRQUEZ menor de edad identificado con
Registro Civil Nº 1.234.567.890 vecino
del municipio de Málaga Santander.
SEGUNDO:
cuando se separaron mi apoderante y su pareja acordaron una cuota donde los dos
estuvieron de acuerdo sería de quinientos mil pesos M.C.T.E ($500.000) así
mismo las cuotas moderadoras que se pagarían el 15 de junio y el 15 de
diciembre de cada año. Cada una de un millón de pesos M.C.T.E ($1.000.000)
TERCERO: El precio
que el señor ÓSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ
debería consignar a la cuenta Nº 434-343 del Banco Tesorito a nombre de la
señora DANIELA MÁRQUEZ GUTIÉRREZ,
seria de una mensualidad de $500.000 M.C.T.E a la vez dos cuotas
extraordinarias de 1.000.000: una el 15 de junio y la otra el 15 de diciembre
hasta que el infante fuese profesional para gastos de ocio y vestido a su vez
teniendo en cuenta que la cuota tendrá aumento cada fin de año por condiciones
de inflación y alzas en salario mínimo legal. Todo esto se acordó en la
comisaria de familia donde se generó el acta de conciliación 001.
CUARTO: el 20
de diciembre del año 2019 mi apoderado representado le pago un viaje a san
Andrés islas a el infante y su madre la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ esto en común acuerdo con ella, donde se
tomaba este dinero por concepto de cuota extraordinaria del mes de diciembre
del año 2020. A su vez la cuota del mes de diciembre para gastos extras de ese
viaje, en total se le consignaron a su cuenta dos millones de pesos M,C,T,E ($2.000.000)
por los conceptos mencionados.
QUINTO: Durante
el mes de enero y febrero del año 2020 se hicieron unos ajustes en la empresa
de la cual mi apoderado es accionista y se tuvieron que pagar dos cuotas
extraordinarias por lo cual mi cliente no recibió su pago como accionista al
contrario tuvo que pagar la suma de veinte millones de pesos M.C.T.E ($20.000.000)
a la empresa por concepto de dichas cuotas.
SEXTO: Para
pagar las cuotas en la empresa TRANS MALAGA que se hicieron en los meses
de enero y febrero mi representado tuvo que sacar un préstamo en el Banco
Cajita Verde por concepto de veintiocho millones de pesos ($28.000.000) el día
30 de enero del año 2020, para pagar dicha cuota y para su manutención.
SEPTIMO: Mi
apoderado representado desde el mes de enero hasta el mes de noviembre del año
2020 le ha venido enviando mercados por concepto de trecientos mil pesos M.C.T.E
($300.000) al hogar de la señora DANIELA
MARQUEZ GUTIERREZ domiciliada en la carrera 10 # 4-203 barrio Pailitas de
Málaga - Santander
OCTAVO: El 15
de julio del año 2020 mi apoderado le compro cama, computador y dos mudas de
ropa con zapatos a su hijo FERNEY
ESTEBAN PEDRAZA MÁRQUEZ.
NOVENO: Desde el 12 de marzo del año 2020 por la emergencia sanitaria (COVID-19) mi apoderado no ha vendido recibiendo la misma cuota extraordinaria teniendo una reducción en las cuotas del 60% en lo que va de corrido del año, a eso sumándole que el mes de enero, febrero, marzo y abril del año 2020 no recibió su cuota como accionista.
FRENTE
A LAS PRETENCIONES
Que mi apoderado el señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula Nº 1.098.765.000 siempre ha tendido la voluntad, disposición y sostenido comunicación con la señora DANIELA MÁRQUEZ GUTIÉRREZ y con el menor, teniendo en cuenta lo primordial de derecho de los niños como está estipulado en el Decreto 136 de 2004, Ley 765 de 2002 y Ley 679 de 2001 Asegura que los niños requieren una protección especial, mediante la mejora de su situación, su desarrollo, la garantía de condiciones de paz y seguridad, basadas en pleno respeto de derechos. Por tal razón solicito señor juez la revisión de la cuota fijada por cuestiones de insolvencia económica de mi representado. Teniendo en cuenta la sentencia de la corte suprema de justicia: STC88-37 DEL 2018 y el ARTICULO 397 del código general de proceso.
TENER
EN CUENTA
1. La
compra de mercados: por parte de mi representado durante el mes de enero hasta
el mes de noviembre del año 2020 por trecientos mil pesos ($300.000) cada mes.
2. El
pago de la cuota extraordinaria del mes de diciembre del año 2019 la cual se
pacto con la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ.
3. Reconocer
la compra de 1 computador, cama, ropa y calzado lo cual sumo dos millones de
pesos M.C.T.E ($2.000.000) como cuota extraordinaria del mes de junio del año
2019.
4. La
situación económica de mi apoderado quien está pagando cuotas de seiscientos
mil pesos M.C.T.E ($600.000) mensuales en el Banco Casita Verde y no ha podido
cumplir, donde aquellas están a punto de pasar a cobro jurídico.
5. En el momento de fijar nueva cuota los derechos fundamentales de mi representado y teniendo en cuenta la voluntad que el tiene de hacer cumplir el código de infancia y adolescencia.
EXCEPCIONES
Mi representado OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula Nº 1.098.765.000 nunca ha estado desentendido de sus obligaciones acordadas en la comisaria de familia en el municipio de Málaga Santander el 15 de enero del 2018 según ACTA DE CONCILIACION No.0001 RADICADO 01-2018.
PRUEBAS DOCUMENTALES:
1. Carta
de la empresa TRANS MÁLAGA donde se
redujo la cuota accionistas a solo recibir el 40% desde el mes de mayo del 2020
por el término de un año, empezando el mes de mayo del 2020.
2. Documento
autenticado y certificado donde se acordó en asamblea: a los accionistas de
dicha empresa a pagar dos cuotas extraordinarias de 10 millones de pesos M.C.T.E
$10.000.000) del mes de enero y febrero del año 2020 sumando estos, veinte
millones de pesos M.C.T.E ($20.000.000)
3. Comprobante
de crédito del Banco Cajita Verde por veintiocho millones de pesos M.C.T.E ($28.000.000)
4. Carta
de supermercado surtí mercar dan fe de la bitácora donde el domiciliario ha ido
a llevar los mercados de trecientos mil pesos M.C.T.E. ($300.000) desde el mes
de enero hasta el mes de noviembre 2020 respectivamente.
5. Facturas membretadas de soportes de pago de: mercados, computador, vestidos infantil, calzado y cama infantil.
ELECTRONICAS
1. Ponemos
a consideración el teléfono (celusi 34-49) de mi apoderado el cual será objeto
de investigación para que el juez ordene a la entidad competente ver las
conversaciones donde se hicieron los acuerdos de pago mutuamente y a su vez las
llamadas que mi representado le hizo a la señora DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ a lo largo de este año las cuales nunca
fueron respondidas, también las agresiones verbales de las cuales mi cliente ha
sido víctima.
COMPETENCIA Y CUANTIA.
Respetuosamente ruego a usted señor juez de familia teniendo en cuenta que es quien lleva este proceso ejecutivo hacer valer su competencia y darle tramite adecuado.
ANEXOS.
1. Poder.
2. Copia de la demanda con sus anexos para el traslado a la parte demandada.
NOTIFICACIONES
A mi persona, abogada y su representante legal ERIKA
MARIA LOPEZ CARDONA
Cedula Nº 1.098.987.000
Email: erikajudicial3232@hotmail.com
Cel. 3234430231
Tel Fijo. 4567647
A mi representado ÓSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ
Cedula Nº 1.098.765.000
Dirección; calle 11 # 6 A -66 PISO 1 BARRIO San Sebastián de Málaga -Santander
La parte demandante; DANIELA MARQUEZ GUTIERREZ
Dirección; carrera 10 # 4 -203 barrio Pailitas de Málaga-Santander
Email: micasamicasal012@gmail.com
Tel. 3213552709
Atentamente,
Erikaa Mari.. Lopez C.
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ERIKA MARIA LOPEZ CARDONA
C.C. No. 1.098.765.000. BOGOTA (Cundinamarca)
T.P. 165-5601 del consejo superior de la judicatura
Poder otorgado al abogado
Señor:
E. S. D
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Erika Maria López Cardona
Certificados de TRANSMALAGA S.A
Carlss Jlo M
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GERENTE
TRANS MALAGA S.A
MALAGA SANTANDER 24 DE NOVIEMBRE DEL 2020
REF: Acta de asamblea ordinaria asociados
TRANS MALAGA S.A
Señor: OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ C.C
1.098.765.000
Por medios de la siguiente circular
respetado socio, damos por escrito a
nuestros asociados para sentar constancia de lo que se aprobó en nuestra
asamblea 002 del 20 de diciembre del año 2019 donde se acordó el aporte de
veinte millones de pesos por accionista para mejoras e inversión en planta
física de nuestra empresa, esto con el fin de seguir mejorando nuestros
servicios y estar a la altura de nuestra competencia y proyectos futuros en
esta mencionados. El pago se deberá
realizar diez millones de pesos M.C.T.E ($10.000.000) el 15 de enero del 2020 y diez
millones de pesos M.C.T.E ($10.000.000) el 15 de febrero del año 2020; durante
estos meses tampoco recibirán su pago como accionistas durante estos dos meses.
De antemano muchas gracias y les deseamos un
feliz año a nuestros asociados y familia.
Cordialmente,
Carlss Jlo M
____________________________________
CARLOS JULIO CHAPARRO MURILLO
C.C:4.444.444
GERENTE
Certificado Bancarios de Crédito
BANCO CAJITA VERDE
30 DE ENERO DEL AÑO 2020
Señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000, el banco Cajita Verde se permite informarle que su crédito solicitado a nuestra entidad por valor de veintiocho millones de pesos M.C.T.E ($28.000.000) fue aprobado y ya se le realizo la consignación de su dinero a la cuenta bancaria Nº 100-000 a su nombre.
Cualquier inquietud no dude en acercarse a la sucursal mas cercana.
Atentamente,
OFICINA DE CRÉDITOS BANCO CAJITA VERDE SEDE LA LOMITA
Carla L
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Carla Gallardo Lewis
C.C 9.000.000
Secretaria
Recibo de Consignación
Certificado Supermercado
SUPERMERCADO SURTIMERKAR
24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020
El supermercado SURTIMERKAR da constancia
legal de esta carta con soportes legales de nuestra contabilidad mensual y
bitácora en nuestro libro contable que el
señor OSCAR DAVID PEDRAZA PÉREZ identificado con cedula de ciudadanía Nº 1.098.765.000, el cual ha venido comprando mercados
en nuestra empresa desde el 15 de enero hasta el 15 de noviembre del año de 2020,
comprando estos mercados los días 15 de cada mes y por sumas de trecientos mil
pesos M.C.T.E.
Lo cual concuerda con facturas de la
siguiente forma:
ENERO 15: factura :01-15-657
FEBERO 15: factura :02-15-87
MARZO 15: factura :03-15-98
ABRIL 15: factura :04-15-1098
MAYO 15: factura :05-15-980
JUNIO 15: factura:06-15-987
JULIO 15: factura:07-15-99
AGOSTO 15: factura:08-15-1098
SEPTIEMBRE 15: factura :09-15-1700
OCTUBRE 15: factura:10-15-987
NOVIEMBRE 15: factura:11-15-9000
La presente de da a solicitud del
interesado .
Atentamente,
Seferinoo BC
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SEFERINO BARAJAS CORTES
C.C 12.000.000
GERENTE GENERAL











